Acerca de la a.d.c.C.

a.d.c.C.

Asociación de Derecho Colaborativo de Cantabria

1

LA ASOCIACIÓN

La asociación se constituye en 2014 ante un incipiente movimiento colaborativo que se aprecia en todos los ámbitos y, particularmente, a semejanza de otras Asociaciones de Derecho Colaborativo que comienzan a formarse en distintas CC.AA.

2

EL ORIGEN

Inicialmente, el grupo impulsor de la asociación surge de profesionales del derecho formados en mediación y negociación en la Universidad de Cantabria y contando con el apoyo de esta institución académica.

3

EL DESTINO

La asociación surge con vocación de permanencia y como germen de una nueva manera de abordar el trabajo de consecución de la Justicia a través de la mejor defensa de los intereses de los clientes. El planteamiento de este objetivo pasa por analizar los conflictos desde el enfoque más adecuado y desde una perspectiva alejada del litigio y cercana al acuerdo

¿Porqué interesa el Derecho Colaborativo?

 

En la coyuntura actual de crisis económica y ante las tasas judiciales muchos de los ciudadanos que acuden a asesoramiento legal, o que piensan en acudir a los tribunales para acceder a la justicia, ven dificultadas sus posibilidades e incierto el tiempo y resultado de sus actuaciones.

 

Esta situación coyuntural hace que el Derecho Colaborativo se convierta en una alternativa práctica y real para que las partes que plantean sus pretensiones no se levanten de la mesa de sus asesores ante el actual panorama. Sin embargo, más allá de lo puntual del análisis económico, debe advertirse que el acceso a la justicia no sólo se logra a través de los tribunales sino que se obtiene también consiguiendo extrajudicialmente una solución satisfactoria y eficiente a los problemas planteados. En este sentido, el Derecho Colaborativo, como un método extrajudicial de solución de disputas, es también una puerta de acceso a la justicia al permitir a las partes encontrar una solución adecuada y eficaz para la satisfacción de sus intereses.

 

Además, los profesionales del Derecho Colaborativo cuentan con la cualificación suficiente para lograr que estos intereses de las partes encuentren la adecuada respuesta en un acuerdo que, en la mayor parte de los casos, resulta cumplido de manera espontánea al asumirse por convicción.

¿El Derecho Colaborativo es algo exclusivo de abogados?

 

Evidentemente, los abogados van a ser los profesionales que primero van a tener contacto y trato con las partes que exponen sus pretensiones. Sin embargo, por definición el Derecho Colaborativo implica cooperar de manera interdisciplinar o trasdisciplinar para lograr analizar el conflicto y lograr satisfacer los tintereses de las partes. En esta tarea se requerirá no sólo abogados con conocimientos y técnicas multidisciplinares sino a otros profesionales que apoyen en la propia negociación y en opiniones técnicas, informes, dictámenes...

No todos los casos son idóneos para el Derecho Colaborativo

El profesional debe valorar todas las ventajas y riesgos, en cada caso..

Debe informarse debidamente a las partes de que no se acudirá a los tribunales

Las partes deben firmar un documento de consentimiento informado, aunque para las partes es un proceso voluntario y siempre queda abierta la vía jurisdiccional conforme al principio de tutela judicial efectiva.

El Derecho Colaborativo se caracteriza por su rapidez y eficacia. No se debe perder el tiempo, cuando las partes o los profesionales perciban que no es posible llegar a un acuerdo enconces hay que dejarlo o desistir para, en su caso, acudir a otras vías y otros profesionales. Las partes deben considerar en todo caso que les está resultando útil.

Derecho Colaborativo práctico y eficiente

 

Nunca las novedades han sido inmediatamente acogidas o asumidas en el mundo jurídico. Efectivamente, en el mundo del Derecho se respira siemrpre un aire tradicional que observa con recelo las innovaciones. Esta filosofía que tiene sus anclajes en la seguridad de lo conocido implica una lenta evolución. Sin embargo , la evolución sea lenta o rápida es inexorable ante los nuevos tiempos. Hay que ser conscientes de que la primera de las reglas/mandamientos del Decálogo del abogado del Dr. Couture establece claramente: "Estudia. El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serán cada día un poco menos Abogado."

Precisamente, esta regla ha sido muy bien seguida por nuestros colegas del mundo anglosajón y en el Common Law han aderezado la regla añadiendo las notas de utilidad y pragmatismo a la consecución de la Justicia. Por este motivo, es en EE.UU. e Inglaterra donde ya se han experimentado las bondades del Derecho Colaborativo y desde allí han testado no sólo su eficiencia económica sino su eficacia práctica. Incorporar esta faceta del ejercicio profesional simplemente servirá para ser cada día un mejor abogado.

Cuando cualquiera de las partes inicie un prodedimiento judicial finaliza el Derecho Colaborativo

Los profesionales que asisten en las negociaciones en el procedimiento de Derecho Colaborativo no podrán llevar la representación en el proceso judicial de sus clientes.

a.d.c.C.

Asociación de Derecho Colaborativo de Cantabria

info@derechocolaborativo.eu